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DGEC CEE: la guía completa, normas, fichas y actualizaciones

La DGEC (Dirección General de la Energía y del Clima) dirige el dispositivo de los CEE, siglas de «Certificados de ahorro de energía». En concreto, el Estado fija a los...

La DGEC (Dirección General de la Energía y del Clima)

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Índice

La DGEC (Dirección General de la Energía y del Clima) dirige el dispositivo de los CEE, siglas de «Certificados de ahorro de energía». En concreto, el Estado fija a los vendedores de energía (los «obligados») objetivos de ahorro que deben alcanzar al final del periodo, so pena de sanción. Para lograrlo, financian obras o programas que generan ahorros medidos en kWh cumac (acumulados y actualizados durante la vida útil de los equipos). Las operaciones más habituales se enmarcan en fichas estandarizadas, y cada certificado se registra en el sistema nacional Emmy. Este mecanismo, una de las principales herramientas de eficiencia energética en Francia, incluye también una obligación dedicada a los hogares en situación de precariedad energética.

Esta guía de EnergyProMag reúne, en un solo documento, el marco legal actualizado, las funciones de los actores, la cronología de P1 a P5 y las cifras clave, el método de cálculo de las obligaciones y del kWh cumac, así como el ciclo completo de una operación (desde el papel activo e incentivador hasta el depósito y la valorización). Encontrará el modo de empleo de las fichas, un panorama 2025 por sector, un enfoque B2B (terciario, industria, redes), los casos de operaciones específicas y sus pruebas, los programas de acompañamiento (y cómo presentar candidatura), los controles y medidas antifraude, Emmy, las zonas climáticas, las últimas actualizaciones 2024-2025, listas de comprobación prácticas para intermediarios, una sección de preguntas frecuentes y los recursos oficiales útiles. Objetivo: asegurar sus expedientes, ahorrar tiempo y optimizar la valorización de sus CEE.

Tabla de contenido

El dispositivo CEE se basa en una sólida base legal y una mecánica sencilla de comprender para un intermediario. Instituido por la ley POPE n.º 2005-781 (artículos 14 a 17) y ahora codificado en el código de la energía, impone a los vendedores de energía objetivos de ahorro que deben alcanzar durante periodos determinados. La DGEC coordina el conjunto, el Polo Nacional de los CEE (PNCEE) instruye y controla, y el registro nacional Emmy materializa la propiedad y las transacciones de los certificados. Recordatorio clave: 1 CEE = 1 kWh cumac de energía final.

Textos de referencia

Estos textos estructuran la «DGEC CEE» y sus sucesivas actualizaciones. Son la base que conviene citar en sus ofertas y contratos.

  • Ley POPE 2005-781: creación del dispositivo y principios fundadores.
  • Código de la energía: R.221-1 a R.221-30 (dispositivo y registro), R.222-1 a R.222-12 (sanciones).
  • Decretos de 4/09/2014 y 29/12/2014: contenido de los expedientes y modalidades de aplicación.
  • Decretos 2017-690 y 2017-1848: objetivos P4, delegación, programas, validez de los CEE ampliada a 10 años.
  • Decreto 2019-1320: prolongación de P4 y precisiones de aplicación.

Mecánica general

El principio es incentivador y mercantil. Los «obligados» alcanzan sus objetivos financiando operaciones de ahorro de energía en terceros o en su patrimonio, obteniendo luego los CEE correspondientes, estandarizados o específicos, o mediante programas.

  • Obligación por periodos: objetivos acumulados, conciliación al final del periodo.
  • Elegibles: obligados y otras personas jurídicas no obligadas bajo condiciones.
  • Estándar vs específico: fichas de operaciones a tanto alzado o cálculo ad hoc.
  • Mercado: CEE negociables e inscritos/anulados en el registro Emmy.

Control, registro y sanciones

El PNCEE controla la elegibilidad y la conformidad, y el responsable de Emmy registra las entregas, transferencias y anulaciones. Al cierre de un periodo, el Estado anula los CEE necesarios en la cuenta de cada obligado. En caso de déficit, se aplica una sanción liberatoria de 0,015 € por kWhc faltante, además de posibles sanciones administrativas (código de la energía, art. R.222-1 y siguientes).

Los actores del dispositivo y sus funciones

La «DGEC CEE» funciona como una cadena clara entre pilotaje público, ejecución operativa y gestión del mercado. Para un intermediario, identificar bien quién hace qué evita retrasos en los expedientes y optimiza la valorización de los certificados. Este es el mapa útil para navegar eficazmente por el dispositivo.

Pilotaje público y gobernanza

  • DGEC (piloto del dispositivo): fija los objetivos de obligación por periodo, publica decretos y resoluciones, enmarca la delegación y los programas de acompañamiento, y lanza convocatorias de programas para evaluar y mejorar el dispositivo.
  • PNCEE (instrucción/controles): instruye las solicitudes, entrega los CEE cuando las pruebas son conformes y realiza controles de elegibilidad con sanciones previstas por el código de la energía en caso de incumplimientos.
  • Responsable del registro Emmy: abre las cuentas, registra entregas, transferencias y anulaciones, y publica información pública sobre los precios medios de intercambio de los CEE.

Actores de ejecución y beneficiarios

  • Obligados (vendedores de energía): asumen la obligación, financian operaciones en terceros o en su patrimonio, compran o venden CEE, y pueden contribuir a programas.
  • Delegatarios: terceros a los que un obligado transfiere toda o parte de su obligación; su actividad está regulada (regularidad fiscal y social, capacidades técnicas y financieras, nivel mínimo de obligación o certificación de calidad).
  • Elegibles no obligados: otras personas jurídicas que pueden obtener CEE realizando operaciones de ahorro de energía (p. ej., administraciones locales, promotores de vivienda social), según las condiciones reglamentarias.
  • Beneficiarios finales: hogares, administraciones locales y profesionales, que realizan las obras y perciben la contribución asociada, respetando las fichas y el marco de contribución.
  • ADEME y ATEE (fichas): coelaboran, con la DGEC, las fichas de operaciones estandarizadas (métodos, exigencias y tarifas planas en kWh cumac) antes de su publicación por resolución.

En la práctica, el intermediario articula la oferta de los obligados, la conformidad de las pruebas (certificaciones, documentos) y la correcta conclusión en Emmy. Esta es la clave de una «DGEC CEE» sin fricciones y rentable.

Cronología de los periodos P1 a P5 y cifras clave

En veinte años, el dispositivo «DGEC CEE» ha pasado de ser una experimentación a un pilar presupuestado de la eficiencia energética. Para un intermediario, retener el orden de magnitud de las obligaciones por periodo, la aparición de la obligación de «precariedad» y la extensión de P4 es estratégico: esto fija el contexto de oferta de los obligados, la tensión del mercado en Emmy y el nivel de primas movilizables.

  • P1 (2006-2009, periodo transitorio hasta 2010) – Objetivo inicial 54 TWhc, realizaciones certificadas al 01/07/2009: 65,3 TWhc. Dispositivo establecido por la ley POPE, fuerte dinamismo residencial.
  • P2 (2011-2014) – Obligación de 447 TWhc y extensión a los comercializadores de carburantes. A finales de 2014, acumulado entregado de 603,2 TWhc para 501 TWhc de obligaciones acumuladas; introducción de los programas mediante la ley Grenelle II.
  • P3 (2015-2017) – Objetivo «clásico» de 700 TWhc. Creación a mediados de 2015 de la obligación de «precariedad energética», efectiva el 01/01/2016: 150 TWhc en 2016-2017 (coeficiente anual de 0,321 de la obligación clásica).
  • P4 (2018-2021) – Inicialmente 2018-2020: 1600 TWhc de los cuales 400 TWhc de «precariedad». Prorrogada un año por el decreto 2019-1320, total elevado a 2133 TWhc en 2018-2021.
  • P5 (2022-2025, 4 años) – Obligación elevada a 3100 TWhc (≈ +45 % vs P4), de los cuales > 1/3 en beneficio de los hogares en precariedad energética. Los balances anuales publicados por la DGEC confirman el aumento de actividad y la lucha reforzada contra el fraude.

Esta trayectoria explica la presión creciente sobre los volúmenes y los precios de los CEE. Siguiente etapa: cómo calcula la DGEC la obligación y el famoso kWh cumac.

Cálculo de la obligación y kWh cumac

Para fijar un precio de prima y asegurar sus ofertas, es necesario dominar la doble gramática de la «DGEC CEE»: cómo se contabilizan los ahorros (kWh cumac) y cómo se traduce el volumen de ventas de un obligado en obligación de ahorros. Es esta conversión bilateral la que condiciona el nivel de contribución, la tensión del mercado en Emmy y, en última instancia, su margen.

kWh cumac: definición y fórmula

El kWh cumac es la unidad de los CEE: 1 CEE = 1 kWh cumac de energía final. Agrega los ahorros durante la vida útil de un equipo y los actualiza al 4 %. La fórmula genérica es:

kWh_cumac = Σ_{t=0..N-1} (ahorros_anuales_t / 1,04^t).

Las fichas estandarizadas publicadas por la DGEC, la ADEME y la ATEE dan tarifas planas en kWh cumac que ya integran la vida útil y la actualización; para una operación específica, el cálculo es ad hoc y documentado.

Cálculo de la obligación de un obligado

La obligación se calcula cada año del periodo a partir de las ventas de energía realizadas, y luego se suma durante el periodo. Solo se tienen en cuenta las cantidades que superan los umbrales reglamentarios; los coeficientes se fijan por decreto y varían según el periodo.

Etapa 1 – Base imponible: identificar las ventas elegibles (residencial-terciario, transporte) más allá de los umbrales previstos por el código de la energía.

Etapa 2 – Coeficientes: aplicar los coeficientes de proporcionalidad vigentes para el periodo. A modo de ejemplo en P4 (decreto 2017-690):

  • Gasóleo de calefacción: 3380 kWhc/m³
  • Carburantes (excepto GLP): 4032 kWhc/m³
  • GLP carburante: 7125 kWhc/tonelada
  • Calor/frío: 0,250 kWhc/kWh final
  • Electricidad: 0,463 kWhc/kWh final
  • GLP a granel (excepto carburante): 0,443 kWhc/kWh PCS
  • Gas natural: 0,278 kWhc/kWh PCS

Etapa 3 – Precariedad energética: obligación adicional calculada mediante un coeficiente específico. En P4, el coeficiente era de 0,333 de la obligación «clásica».

Etapa 4 – Agregación y conformidad: sumar las obligaciones anuales; cubrir la necesidad mediante CEE procedentes de operaciones (estandarizadas/específicas) o mediante compras en el registro Emmy, contribuciones a programas o delegación.

Al final del periodo, el Estado anula en Emmy el volumen requerido para cada obligado. Un déficit desencadena la sanción liberatoria de 0,015 €/kWhc faltante y puede acompañarse de sanciones (R.222-1 y ss.). En la práctica, para un intermediario, hablar de «DGEC CEE» equivale a relacionar con precisión la base imponible, los coeficientes y el cumac de las obras para calibrar la oferta y cumplir los plazos.

Ciclo de vida de una operación CEE

En la práctica de la «DGEC CEE», una operación exitosa sigue una secuencia rigurosa, desde el incentivo inicial hasta la valorización en el registro Emmy. Dominar este encadenamiento asegura sus documentos, evita rechazos en la instrucción del PNCEE y optimiza el volumen de kWh cumac entregado (y por tanto la prima).

  1. Incentivo previo (papel activo e incentivador): el obligado o su socio incentiva al beneficiario antes de cualquier compromiso. Esta cronología es determinante para la elegibilidad.
  2. Oferta y marco de contribución: transmisión al beneficiario del documento «Marco de Contribución» (persona física o comunidad de propietarios), que explica la contribución condicionada a la conformidad de la ficha estandarizada.
  3. Cualificación y conformidad: elección de un profesional conforme a las exigencias de la ficha (y RGE cuando sea requerido) y verificación de los criterios técnicos (rendimientos, zonas climáticas, etc.).
  4. Realización de las obras: ejecución, mediciones y pruebas (fotos, etiquetas energéticas, actas de puesta en servicio) en coherencia con la ficha.
  5. Finalización y certificación: datación de la finalización y firma de la certificación bajo declaración responsable incluyendo la parte A propia de la ficha.
  6. Constitución del expediente: documentos previstos por la resolución de 4/09/2014 (factura, certificación, pruebas técnicas y administrativas) y control de calidad interno.
  7. Depósito de la solicitud: depósito por parte de un actor elegible ante el PNCEE dentro del plazo máximo fijado por resolución ministerial (este plazo no puede ser inferior a seis meses).
  8. Instrucción y entrega: el PNCEE verifica la elegibilidad y entrega los CEE; el responsable registra los certificados en la cuenta del solicitante en el registro Emmy.
  9. Valorización: venta o transferencia de los CEE en Emmy, contribución a programas o anulación para cubrir una obligación.
  10. Controles a posteriori: controles del PNCEE y, en caso de incumplimientos, sanciones previstas por el código de la energía (R.222-1 y ss.).

Para un intermediario, las vigilancias clave son la cronología de incentivo, la estricta conformidad con las fichas estandarizadas (o, en su defecto, un expediente «específico» correctamente justificado en kWh cumac), la coherencia de los datos (superficies, potencias, zonas climáticas) y el archivo exhaustivo de las pruebas exigidas por la DGEC CEE.

Papel activo e incentivador y marco de contribución

En el dispositivo DGEC CEE, el «papel activo e incentivador» (RAI) es la primera piedra de un expediente admisible: el obligado (o su socio) debe incentivar al beneficiario antes de cualquier compromiso de obras. Esta cronología prueba que la prima ha desencadenado la acción y condiciona la elegibilidad. En la práctica, la DGEC y el PNCEE verifican que el proceso de incentivo precede al presupuesto firmado, al pedido o a la finalización, y que los elementos transmitidos son coherentes con la ficha CEE movilizada.

El Marco de Contribución, pieza fundamental

Desde el 1 de enero de 2018, cuando el beneficiario es una persona física o una comunidad de propietarios, debe entregarse al beneficiario el «Marco de Contribución» para justificar el RAI. Este documento armoniza la presentación de las ofertas, refuerza la visibilidad del dispositivo CEE y permite comparar las propuestas de los diferentes proveedores de energía. Menciona claramente el importe de la contribución prometida, condicionada a la conformidad de la operación con la ficha estandarizada. La revisión de este importe solo es posible en condiciones estrictas relacionadas con la reevaluación del volumen real de CEE (por ejemplo, mediciones definitivas, rendimientos efectivamente alcanzados) o con la situación de precariedad energética del beneficiario.

Para un intermediario, «enmarcar» bien el RAI y el Marco de Contribución significa asegurar la instrucción del PNCEE y la valorización en Emmy. Puntos de vigilancia concretos:

  • Cronología probada: fecha de envío/aceptación del Marco de Contribución anterior al compromiso.
  • Importe explícito: contribución cifrada y condiciones de revisión limitadas.
  • Conformidad con la ficha: referencias, criterios técnicos, zonas climáticas alineados.
  • Trazabilidad completa: documentos de 04/09/2014 archivados y coherentes entre sí.

Un RAI mal documentado expone a un rechazo de la solicitud CEE y, en su caso, a actuaciones de control. Una implementación rigurosa, lo antes posible en el recorrido del cliente, sigue siendo la mejor palanca de conformidad y de margen.

Las fichas de operaciones estandarizadas: modo de empleo

En el dispositivo DGEC CEE, las fichas de operaciones estandarizadas son su referencial operativo: definen las exigencias técnicas, las pruebas y la tarifa plana en kWh cumac de cada acción. Elaboradas por la DGEC, la ADEME y la ATEE, evaluadas por el PNCEE y publicadas por resolución, se aplican a los CEE «clásicos» como a los de «precariedad» (salvo mención contraria). El catálogo vigente procedente de la resolución de 22 de diciembre de 2014 y de sus numerosas actualizaciones cuenta con 221 fichas; varias integran la parte A de la certificación bajo declaración responsable y parámetros (superficie, potencia, zona H1/H2/H3, metrópoli/ultramar).

Cómo utilizar una ficha, paso a paso

Ante todo, verifique que la versión de ficha (p. ej., vA64-6) aplicable corresponde a la fecha de compromiso/finalización de la operación. Las versiones evolucionan frecuentemente.

  1. Identificar la ficha y el sector: localice el código exacto (p. ej., BAR-EN-101, BAR-TH-148, AGRI-TH-101) y lea íntegramente los requisitos previos.
  2. Verificar la elegibilidad: rendimientos mínimos, eventual RGE, normas de cronología (papel activo e incentivador antes del compromiso), perímetro geográfico (metrópoli vs DOM).
  3. Calcular la tarifa plana cumac: aplique las variables solicitadas por la ficha (m², kW, zona climática). La tarifa plana incluye la vida útil y la actualización al 4 %.
  4. Preparar la parte A/certificación: utilice la parte A proporcionada por la ficha; haga firmar la certificación bajo declaración responsable por el beneficiario y el profesional.
  5. Constituir el expediente: documentos de la resolución de 04/09/2014 (factura, pruebas técnicas, fotos, etiquetas, Marco de Contribución si persona física/comunidad).
  6. Depositar en plazo: respete el plazo máximo entre finalización y depósito fijado por resolución (umbral legal de 6 meses), ante el PNCEE.

Documentos clave y errores que evitar

Un expediente DGEC CEE se juega en la coherencia de las pruebas. Puntos de vigilancia:

  • Cronología RAI: incentivo y Marco de Contribución anteriores a cualquier compromiso.
  • Conformidad técnica: equipos y rendimientos estrictamente conformes a la ficha y a los textos de ecodiseño.
  • Zonas climáticas: correcta asignación H1/H2/H3 y metrópoli/ultramar, mediciones exactas.
  • Trazabilidad documental: facturas detalladas, fotos «antes/después», números de serie, certificación completa y legible.
  • Versión de ficha: utilice la versión vigente en el momento idóneo; una versión incorrecta conlleva el rechazo.

Bien dominadas, las fichas estandarizadas aceleran la instrucción del PNCEE y maximizan la valorización en el registro Emmy.

Panorama de las fichas por sector (2025)

En 2025, el catálogo DGEC CEE de operaciones estandarizadas (resolución de 22 de diciembre de 2014 y actualizaciones sucesivas) cuenta con 221 fichas, cubriendo seis sectores: agricultura, residencial, terciario, industria, redes y transporte. Cada ficha fija exigencias técnicas, pruebas y tarifa plana en kWh cumac, con versiones datadas (p. ej., vA64-6) y, según los casos, parámetros de zona climática. Recordatorio útil: las fichas valen para CEE «clásicos» y de «precariedad» salvo mención contraria; las fichas de «calefacción fósil» del sector residencial han sido retiradas del catálogo.

  • Residencial: aislamiento de cubiertas/muros/suelos (BAR-EN-101/102/103), ventanas (BAR-EN-104), VMC higrorregulable (BAR-TH-127), doble flujo (BAR-TH-125), calentador de agua termodinámico (BAR-TH-148), aparatos de biomasa y calderas de biomasa (BAR-TH-112/113), conexión a red de calor (BAR-TH-137), cierres aislantes (BAR-EN-108).
  • Terciario: acciones recurrentes en envolvente, ventilación y climatización, iluminación eficiente y control; misma lógica de pruebas y cronología (RAI) que para el residencial.
  • Industria: servicios generales y procesos (variación electrónica de velocidad en motores, recuperación de calor, control del frío), con tarifas planas cumac vinculadas a las potencias y horas de funcionamiento.
  • Redes: aislamiento y optimización de redes de calor/frío, conexiones de edificios a redes, exigencias de temperatura y equilibrado hidráulico.
  • Transporte: operaciones específicas (uso compartido de vehículos, autopista ferroviaria, lubricantes ahorradores, transporte combinado), reguladas por fichas dedicadas.
  • Agricultura: amplio abanico confirmado en 2025: pantallas térmicas y dobles paredes en invernaderos (AGRI-EQ-102/111/112), almacenamiento «open buffer» (AGRI-TH-101), preenfriador de leche y recuperación de calor en tanque/grupo frigorífico (AGRI-TH-103/105/104), bomba de calor aire/agua (AGRI-TH-108), regulación de silos (AGRI-EQ-106).

Para cada sector, la clave del éxito sigue siendo el emparejamiento ficha-realidad sobre el terreno, la versión correcta en el hito correcto y una trazabilidad documental irreprochable.

Enfoque B2B: terciario, industria y redes

Para un intermediario B2B, la buena estrategia «DGEC CEE» consiste en dirigirse a operaciones con alto ratio kWh cumac/€ y bajo riesgo documental. Las fichas estandarizadas cubren yacimientos probados en terciario, industria y redes, con exigencias claras sobre rendimientos, pruebas y cronología del papel activo e incentivador. Aquí es donde se sitúan las ganancias rápidas y fiables, y cómo estructurar sus ofertas.

Terciario: las victorias rápidas conformes

Los edificios terciarios acumulan ganancias dispersas pero repetidas. El éxito depende de la preparación de las pruebas y de un escalonamiento por lotes para suavizar los depósitos ante el PNCEE.

  • Iluminación controlada: sustitución por luminarias LED con dispositivos de control (lógica de BAR-EQ-110 en cuanto a documentos y pruebas).
  • Ventilación/calefacción eficientes: VMC higrorregulable, doble flujo de alto rendimiento, regulación por sonda exterior, equilibrado hidráulico.
  • Contratos de rendimiento energético (CPE Servicios): marco de seguimiento/garantía (BAR-SE-105) que facilita la prueba de ahorros y la reproducibilidad de los depósitos.

Industria: priorizar los servicios generales

Los servicios generales ofrecen cumac densos y medibles con documentos técnicos estandarizados.

  • Variación electrónica de velocidad: en motores asíncronos, yacimiento confirmado por los balances oficiales.
  • Frío industrial optimizado: presión flotante baja/alta, recuperación de calor.
  • Recuperación y transferencia de calor: en compresores, procesos y circuitos de agua caliente, con actas de puesta en servicio detalladas.

Redes: conexión e hidráulica

Las redes de calor/frío combinan volúmenes y visibilidad reglamentaria, útiles para carteras multisitio.

  • Optimización del retorno de red: descenso de la temperatura de retorno (ref. BAR-SE-107) con importantes ganancias cumac y pruebas de ajustes.
  • Conexiones y aislamiento: operaciones dedicadas (conexiones, optimización hidráulica, aislamiento de tramos) según fichas vigentes.
DGEC CEE: la guía completa, normas, fichas y actualizaciones

Consejos de estructuración de ofertas

  • Estandarizar sus kits de pruebas: parte A/certificación, fotos «antes/después», etiquetas/placas de características, actas de ajuste/puesta en marcha.
  • Anticipar el RAI: trazar el incentivo antes de cualquier compromiso, incluso en compra pública (correos electrónicos, ofertas datadas, acuses de recibo).
  • Empaquetar por sedes y por lotes: para suavizar los plazos de depósito (plazo máximo tras finalización) y optimizar la valorización en Emmy.
  • Calibrar la contribución: partir del cumac a tanto alzado de la ficha, del precio medio de mercado de los CEE y de los costes del cliente para una oferta robusta y revisable únicamente en los casos previstos por la DGEC CEE.

Operaciones específicas: casos de uso y pruebas

Cuando ninguna ficha estandarizada cubre una acción, el dispositivo DGEC CEE permite las «operaciones específicas». Siguen siendo plenamente elegibles pero exigen un expediente técnico más fundamentado y un cálculo dedicado del kWh cumac. Para un intermediario, es la opción a privilegiar en configuraciones atípicas o innovadoras, siempre que se bloquee pronto el método de cálculo y la trazabilidad de las pruebas esperadas por el PNCEE.

Cuándo recurrir a una operación específica

  • Ausencia de ficha adaptada: tecnología, configuración o combinación de acciones no cubiertas por el catálogo.
  • Solución innovadora aún no estandarizada: rendimientos acreditados pero sin referencial a tanto alzado.
  • Proceso o red singular: industria, redes de calor/frío, terciario complejo donde las variables superan el marco de una ficha.

Método y cálculo del kWh cumac

El cálculo sigue el principio acumulado-actualizado (4 %) ya recordado en esta guía. En específico, formalice una nota metodológica que precise: perímetro, hipótesis (vida útil, usos), datos de referencia (antes de las obras) y ganancias esperadas. El objetivo es hacer que el volumen de kWh cumac sea trazable y verificable por la DGEC/PNCEE.

Pruebas y documentos ineludibles

Al amparo de la resolución de 04/09/2014, la solicitud DGEC CEE debe ser completa y coherente:

  • Papel activo e incentivador: cronología probada; Marco de Contribución si persona física/comunidad.
  • Certificación bajo declaración responsable: firmada, con descripción precisa de la operación.
  • Nota de cálculo cumac: hipótesis, fórmulas y resultados reproducibles.
  • Justificantes técnicos: fichas de productos, esquemas, fotos «antes/después», actas de puesta en servicio y, si es pertinente, mediciones.
  • Facturas y documentos administrativos: conformes, detallados y concordantes.

Buen reflejo B2B: validar el método y las pruebas de antemano con el actor elegible que depositará, para evitar un rechazo en la instrucción y asegurar la valorización en el registro Emmy.

Programas de acompañamiento: cómo presentar candidatura

En el dispositivo DGEC CEE, los programas de acompañamiento financian información, formación, herramientas o también evaluación, como complemento de las operaciones de obras. Son validados por la administración y dan derecho a CEE a los financiadores obligados. Desde el decreto de 29/12/2017, el tope global de los programas se ha elevado a 200 TWh cumac, lo que lo convierte en una palanca estratégica para las carteras de obligados y los promotores de proyectos estructurantes.

Quién puede presentar candidatura y cuándo

La DGEC publica convocatorias de programas. En septiembre de 2024, una convocatoria inédita se dirigió a:

  • Evaluación técnica/económica real de los CEE (mediciones de consumos, efectos en factura/CO₂).
  • Sistema de información antifraude que cruza los controles.
  • Evaluaciones económicas (eficacia, eficiencia, efectos de oportunidad).
  • Evaluación de los yacimientos movilizables.

Un segundo eje se dirigió a soluciones de refrigeración en edificios. Las candidaturas se esperaban por correo electrónico (buzón dedicado de la DGEC) en una fecha límite publicada. Esté atento a las próximas ventanas para posicionar sus proyectos DGEC CEE.

Requisitos de un expediente sólido (buenas prácticas)

Antes de responder, elabore un expediente claro y medible:

  • Objetivos, perímetro, público destinatario: qué cambia el programa y para quién.
  • Metodología y entregables: protocolos, herramientas, calendario, indicadores.
  • Impactos cuantificados: ahorros de energía, cumac indirectos, efectos en CO₂.
  • Gobernanza y riesgos: pilotaje, calidad, antifraude, plan de gestión.
  • Presupuesto y plan de financiación: necesidades, cofinanciaciones, trayectoria.

Financiación, CEE y gobernanza

Los programas CEE no se financian con fondos públicos: los obligados aportan los fondos tras la convocatoria de financiadores, y reciben a cambio CEE entregados por el ministerio (marco del artículo L.221-7). La DGEC prevé una gobernanza dedicada (comité de dirección, comité de orientación científica, comité de socios) para seguir la selección, ejecución y resultados, con un acento marcado en la lucha antifraude y la evaluación «real».

Consejos prácticos para intermediarios B2B

  • Cartografíe las necesidades de sus clientes/prospectos y asócielas a un eje de convocatoria (evaluación, sistema de información de control, yacimientos, refrigeración).
  • Monte un consorcio creíble (técnico, datos, terreno) y prepare pruebas de medición.
  • Asegure pronto financiadores obligados y su trayectoria de valorización CEE.
  • Planifique la información (indicadores, datos de seguimiento) en consonancia con los comités de la DGEC.

Controles, medidas antifraude y sanciones

En el dispositivo DGEC CEE, los controles aseguran la integridad de los volúmenes entregados, la protección de los beneficiarios y la equidad entre obligados. El PNCEE verifica la elegibilidad de las operaciones, la cronología del papel activo e incentivador (RAI), la conformidad con las fichas y la coherencia de los documentos antes de la entrega de los certificados, y en cualquier momento a posteriori. Para un intermediario, anticipar estas pruebas evita los rechazos y asegura la valorización en Emmy.

Qué controla el PNCEE

Las verificaciones se refieren a la conformidad reglamentaria y la trazabilidad. Espere controles de coherencia entre fechas, versiones de fichas, rendimientos y pruebas, con respecto a las resoluciones de 4/09/2014 y 29/12/2014. Los puntos frecuentemente examinados incluyen:

  • RAI y Marco de Contribución: incentivo anterior a cualquier compromiso cuando sea requerido.
  • Versión de ficha/hitos: ficha aplicable (p. ej., vA64-6) vs fechas de compromiso/finalización.
  • Criterios técnicos y RGE: rendimientos mínimos, exigencias de instalación y documentos justificativos.
  • Documentos financieros y certificación: facturas detalladas, certificación bajo declaración responsable (parte A) completa y firmada.
  • Cantidades y mediciones: m², kW, zonas H1/H2/H3 y metrópoli/ultramar coherentes.
  • Plazos de depósito: cumplimiento del plazo máximo entre finalización y depósito fijado por resolución (umbral legal de 6 meses).

Medidas antifraude y sanciones (2023-2025)

La DGEC ha reforzado las medidas antifraude: nuevas modalidades y ritmo acelerado de controles, cobertura a finales de 2023 de la renovación energética por la misión interministerial antifraude, envío masivo de prevención a 100 000 hogares, recurso a la inteligencia artificial para detectar fraudes, anunciada duplicación de los efectivos de control del PNCEE, y convocatoria de programas dedicados a las herramientas de evaluación y al cruce de datos de control. En caso de incumplimientos, pueden aplicarse sanciones previstas por el código de la energía (R.222-1 y R.222-2), incluyendo la denegación o anulación de CEE. En la conciliación, todo déficit de un obligado desencadena la sanción liberatoria de 0,015 € por kWhc faltante. En la práctica, un control interno riguroso por parte del intermediario (cronología RAI, versión correcta de ficha, pruebas exhaustivas y coherentes) sigue siendo el mejor escudo DGEC CEE.

El registro Emmy y la valorización de los CEE

El registro nacional Emmy es la piedra angular de la «DGEC CEE»: cada certificado solo existe por su inscripción en una cuenta individual, todas las ventas/compras se registran en él, y se publica un precio medio de intercambio a título informativo. Al final del periodo, el responsable del registro transmite el estado de las cuentas al ministro, quien hace anular los volúmenes necesarios para las obligaciones «clásica» y de «precariedad». Desde 2018, los CEE entregados tienen una duración de validez de 10 años, lo que abre estrategias de mantenimiento.

Abrir, gestionar y asegurar una cuenta

Antes de cualquier valorización, el actor elegible debe disponer de una cuenta Emmy y de habilitaciones internas claras (quién inicia, quién valida, quién deposita). La calidad de los documentos (expedientes conformes al PNCEE) condiciona la entrega, por tanto la disponibilidad de los títulos en la cuenta. Una gobernanza básica evita errores de movimiento y anulaciones tardías.

  • Habilitaciones separadas: iniciar vs validar vs contabilizar.
  • Trazabilidad de los títulos: distinguir «clásico» y «precariedad».
  • Calendario controlado: anticipar los cierres de periodo y anulaciones.

Valorizar sus CEE: opciones y calendario

Una vez inscritos en Emmy, existen varios caminos según el perfil (obligado, delegatario, elegible no obligado) y el contexto de precio publicado.

  • Venta/compra bilateral registrada en Emmy: liquidez pilotada por la oferta/obligación y la señal de precio medio.
  • Contribución a programas: a cambio de CEE, útil para los obligados.
  • Anulación para conformidad: cobertura de las obligaciones «clásica» y de «precariedad».

Buenas prácticas de negociación y liquidación

Los ciclos de precios siguen la tensión reglamentaria (volúmenes de obligación, conciliaciones). Un intermediario optimiza alineando entrega documental y ventana de mercado.

  • Alinear prima y cumac real: partir de la tarifa plana de la ficha y de un precio medio observado.
  • Evitar la «avalancha» de fin de periodo: asegurar flujos regulares.
  • Contratos claros: cláusulas de calidad de los títulos y plazos de inscripción en Emmy.

En síntesis, Emmy es el lugar de verdad de la «DGEC CEE»: sin inscripción, no hay valor; sin calendario controlado, no hay margen asegurado.

Precariedad energética: obligación dedicada

En el dispositivo DGEC CEE, una obligación específica se dirige a los hogares en precariedad energética. Creada por la ley de transición energética (mediados de 2015) y efectiva el 1 de enero de 2016, representó en P3 un volumen adicional de 150 TWhcumac en 2016-2017 (coeficiente de 0,321 de la obligación «clásica» por año). En P4, la obligación de «precariedad» se calcula a 0,333 de la obligación clásica, y la P5 (2022-2025) consagra más de un tercio de los volúmenes a los hogares modestos, identificados mediante umbrales de recursos fijados por los textos. El principio: una obligación adicional, bonificaciones dedicadas y modos de prueba adaptados para acelerar las obras útiles (aislamiento, ventilación eficiente, conexión a una red de calor, equipos renovables…).

Normas operativas que retener

Para que un expediente de «precariedad» sea admisible, se aplica el mismo rigor DGEC CEE, con algunas especificidades.

  • Elegibilidad de recursos: cumplimiento de los umbrales de ingresos y presentación de los justificantes según los textos vigentes.
  • RAI y Marco de Contribución: incentivo anterior al compromiso; el importe puede ajustarse si se confirma el estatuto de precariedad (marco previsto por las resoluciones).
  • Fichas estandarizadas: mismas exigencias técnicas/rendimiento, versión de ficha aplicable y documentos de 04/09/2014 (certificación parte A, facturas, pruebas).
  • Seguimiento Emmy: distinguir volúmenes «clásico» y «precariedad» para la anulación y la valorización.

Consejos prácticos para intermediarios

Identifique pronto la elegibilidad de ingresos, documente la precariedad desde la oferta, y privilegie fichas con exigencias controladas y versiones actualizadas. Asegure la cronología RAI, la completitud de las pruebas y alinee la contribución con el cumac real y las normas de revisión autorizadas. Una trazabilidad neta «clásico/precariedad» en Emmy facilita la conformidad al final del periodo.

Especificidades territoriales y zonas climáticas

En el marco DGEC CEE, la zona climática condiciona directamente la tarifa plana en kWh cumac de numerosas fichas (aislamiento, ventilación, calefacción, redes). La DGEC, la ADEME y la ATEE publican fichas donde las tarifas planas varían según H1, H2 o H3; por tanto, es crucial asignar correctamente cada expediente. A falta de mención específica, una ficha se aplica a todo el territorio; en cambio, cuando existe una ficha «Ultramar» para una misma operación, la ficha «metrópoli» se vuelve exclusiva de la metrópoli.

Normas oficiales que retener

La DGEC CEE precisa dos puntos estructurantes para la asignación climática y la aplicabilidad de las fichas:

  • Zonas DOM/COM: al amparo del dispositivo, la Francia de ultramar (excepto San Pedro y Miquelón) pertenece a la zona H3; San Pedro y Miquelón pertenece a H1.
  • Aplicabilidad de las fichas: San Pedro y Miquelón utiliza las fichas «metrópoli». Si existe una ficha «DOM» (p. ej., BAR-EN-106/107, BAR-TH-124/135, BAR-TH-141), no se puede movilizar el equivalente «metrópoli» fuera de su perímetro.
  • Tarifas planas dependientes del clima: las diferencias H1/H2/H3 impactan fuertemente el cumac; ajuste la contribución y el análisis económico en consecuencia.

Buenas prácticas para intermediarios

Antes de cualquier presupuesto, bloquee: la zona H1/H2/H3 según el departamento, la versión correcta de ficha con respecto a las fechas (compromiso/finalización), y el perímetro geográfico (metrópoli vs ultramar). Asegure la coherencia dirección-departamento-zona en todos los documentos; es un motivo recurrente de control del PNCEE y un determinante de la valorización en Emmy en DGEC CEE.

Evoluciones recientes 2024-2025 y calendario

2024-2025 ha sido intenso para la «DGEC CEE»: aumento de actividad de la P5 (2022-2025), oleada de actualizaciones de las fichas estandarizadas, refuerzo antifraude y lanzamiento de una convocatoria de programas dedicada a la evaluación del dispositivo y a la refrigeración de edificios. En cuanto al pilotaje, la DGEC publica balances anuales P5 (2022, 2023, 2024) y alinea las herramientas de control (IA, efectivos del PNCEE reforzados, campañas de prevención). Para los intermediarios, el impacto es inmediato: versiones de fichas actualizadas, hitos de entrada en vigor que respetar y expedientes documentados sin fisuras.

Movimientos destacados que integrar en su cartera 2024-2025

El catálogo procedente de la resolución de 22/12/2014 ha sido objeto de numerosas resoluciones en 2024-2025 (catálogo «versión actualizada 76.ª resolución»). Varias fichas clave cambian de versión y de fecha de aplicación:

  • BAR-EN-101, 102, 103, 105: nuevas versiones al 01-01-2025 (vA64-6, vA65-4, etc.).
  • BAR-TH-125, 127: iteraciones recientes (vA54-5, vA58-6) con exigencias de rendimiento y pruebas reforzadas.
  • BAR-TH-141 (DOM climatizador eficiente): vA71-2 al 01-08-2025.
  • BAR-SE-108/109 (mantenimiento redes colectivas): vA71-3 al 01-08-2025 y vA73-3 al 01-11-2025.
  • BAR-TH-148 (calentador de agua termodinámico): vA73-3 al 01-11-2025.
  • AGRI-TH-101, 104, 109-110, 117, 119 y AGRI-EQ-102, 111-112: oleadas 2024-2025 (p. ej., vA62-2 al 01-01-2025; vA73-3 al 01-09-2025).

Recordatorio: las fichas de «calefacción fósil» del sector residencial se han suprimido del catálogo.

Calendario y puntos de atención

  • Cierre P5: 31/12/2025; anticipe la «conciliación» según el esquema habitual (declaraciones, notificación, anulaciones en Emmy) que será precisado por la DGEC.
  • Versiones aplicables: alinee RAI/compromiso/finalización con la versión correcta de ficha y su fecha de efecto.
  • Depósito PNCEE: respete el plazo máximo entre finalización y depósito fijado por resolución (umbral legal 6 meses).
  • Medidas antifraude: consolide pruebas y cronología; la DGEC y el PNCEE intensifican controles y cruces de datos.

En resumen: actualice sus plantillas de pruebas, bloquee las versiones y encuadre sus depósitos antes de finales de 2025 para maximizar la valorización de sus CEE en Emmy.

Buenas prácticas para intermediarios: listas de comprobación y modelos

Objetivo del intermediario: cero rechazos del PNCEE, plazos cumplidos, valorización óptima en Emmy. El secreto de un expediente «DGEC CEE» sólido reside en una cronología trazable (RAI), una ficha con la versión correcta, pruebas irreprochables y un encuadre claro de la contribución. Este es su kit operativo.

Listas de comprobación operativas DGEC CEE

Antes del compromiso (RAI): ficha y versión verificadas; perímetro metrópoli/ultramar; zona H1/H2/H3; Marco de Contribución datado y firmado; justificantes de «precariedad» si procede.

Durante las obras: presupuesto conforme a ficha; empresa cualificada (RGE si es requerido); fotos «antes»; referencias/etiquetas de equipos; acta de puesta en servicio prevista.

En la finalización: certificación (parte A) firmada; facturas detalladas; mediciones y potencias coherentes; fotos «después»; fechas RAI/compromiso/finalización alineadas; depósito dentro del plazo máximo fijado por resolución (≥ 6 meses).

Depósito y Emmy: documentos de la resolución de 04/09/2014 completos; cuenta Emmy operativa; marcado «clásico» vs «precariedad»; archivo centralizado.

Modelos listos para usar

  • Correo electrónico de incentivo (RAI): Asunto: Oferta CEE – [FICHA] – Contribución de [IMPORTE] € + mención de que la oferta precede a cualquier compromiso y vale bajo reserva de conformidad con la ficha.
  • Cláusula Marco de Contribución: Importe revisable únicamente si las mediciones/rendimiento reales difieren o si se confirma el estatuto de precariedad, conforme al marco DGEC CEE.
  • Certificación de fotos: El que suscribe… certifica que las fotografías «antes/después» reflejan la instalación objeto de la solicitud CEE [referencia].
  • Acta de puesta en servicio tipo: apartados sobre ajustes, números de serie, potencias, fecha, firma del instalador/beneficiario.

Rutinas de pilotaje y control de calidad

  • Doble control RAI/cronología antes del depósito.
  • Registro de versiones de fichas vs fechas de hitos.
  • Calendario por hitos (RAI, compromiso, finalización, depósito PNCEE).
  • KPI internos: tasa de completitud de expedientes, plazos medios de depósito, devoluciones del PNCEE.

Trucos de valorización

  • Empaquetar por lotes/sedes para suavizar depósitos y ventas.
  • Separar los flujos «clásico»/«precariedad» en Emmy.
  • Alinear contribución con cumac de ficha y señal de precio medio; evitar la avalancha de fin de periodo planificando sus anulaciones.

Preguntas frecuentes CEE 2025

A menudo nos plantean las mismas preguntas cuando se trata de montar expedientes «DGEC CEE» sin rechazos y de valorizar rápido en Emmy. Aquí tiene respuestas breves, fundamentadas en los textos y balances oficiales, para asegurar sus ofertas, su cronología (RAI) y sus documentos. Tenga en cuenta que el catálogo de fichas evoluciona frecuentemente (numerosas actualizaciones 2024-2025) y que la P5 finaliza el 31/12/2025: anticipe sus depósitos.

¿Qué representa 1 CEE?

1 CEE = 1 kWh cumac de energía final (ahorros acumulados y actualizados al 4 %). Las fichas DGEC CEE dan tarifas planas listas para usar.

¿Duración de validez de los CEE?

10 años desde la entrega (decreto de 29/12/2017).

¿Pruebas indispensables?

Papel activo e incentivador antes de cualquier compromiso, Marco de Contribución (persona física/comunidad), certificación (parte A), facturas, pruebas técnicas, y cumplimiento del plazo de depósito fijado por resolución (umbral legal 6 meses).

¿Dónde se intercambian los CEE?

En el registro nacional Emmy (inscripciones, transferencias, anulaciones), con información pública sobre el precio medio de intercambio.

Precariedad energética: ¿cómo funciona?

Obligación dedicada (P4: coef. 0,333; P5: >1/3 de los volúmenes), umbrales de recursos y modos de prueba adaptados.

Delegatarios, ¿qué marco?

Delegación regulada (regularidad fiscal y social, capacidades técnicas y financieras, nivel mínimo de obligación o certificación de calidad).

¿Elegir la ficha correcta?

Tomar la versión aplicable en la fecha de compromiso/finalización, verificar zona H1/H2/H3 y metrópoli/ultramar; las fichas de calefacción fósil del sector residencial se han suprimido.

Fin de P5: ¿qué prever?

Cierre 31/12/2025, luego conciliación administrativa (declaraciones, notificaciones, anulaciones en Emmy). Anticipe calendarios y existencias.

¿Sanción en caso de falta?

0,015 € por kWhc faltante en la obligación.

Programas de acompañamiento: ¿quién financia?

Sin fondos públicos: financiados por obligados a cambio de CEE entregados por el ministerio (art. L.221-7); convocatorias de programas de la DGEC (incluida 2024) para evaluación/antifraude y refrigeración de edificios.

Recursos oficiales y herramientas

Para asegurar su vigilancia y sus depósitos «DGEC CEE», ancle su práctica en las fuentes oficiales y equipe a su equipo con plantillas robustas. A continuación, lo esencial que debe guardar en favoritos y mantener internamente para ahorrar tiempo, evitar rechazos del PNCEE y maximizar la valorización en Emmy.

  • DGEC – Dispositivo CEE (sitio oficial): principios, textos de referencia, folletos, balances P4 y balances anuales P5 (2022-2024), sanciones y proceso de conciliación.
  • DGEC – Operaciones estandarizadas: catálogo procedente de la resolución de 22/12/2014 y actualizaciones (versión «catálogo de fichas versión actualizada»), partes A de las certificaciones, anexos, y «reparto de los departamentos por zona climática».
  • Registro nacional Emmy: apertura/gestión de cuenta, entregas, transferencias, anulaciones, e información pública sobre el precio medio de intercambio de los CEE.
  • Textos que citar en contratos: resoluciones de 04/09/2014 y 29/12/2014 (expedientes/plazos), decretos 2017-690 y 2017-1848 (P4, delegación, validez 10 años), decreto 2019-1320 (prolongación P4).
  • Convocatorias de programas CEE (DGEC): pliegos de condiciones, calendario, gobernanza y modalidades de candidatura (evaluación, antifraude, refrigeración).
  • ADEME/ATEE (club C2E): seguimiento de las revisiones de fichas y documentos metodológicos útiles para la vigilancia técnica.
  • Herramientas internas del intermediario: plantillas Marco de Contribución/certificación, listas de comprobación RAI, registro de versiones de fichas, matriz de zonas H1/H2/H3, hoja de cálculo de cumac por ficha, cartera de depósitos vs plazo máximo (≥ 6 meses).

Lo que hay que retener

La «DGEC CEE» se basa en una ecuación sencilla: obligación de ahorros para los vendedores de energía, contabilizada en kWh cumac, y materializada por CEE gestionados en el registro Emmy. El éxito de un expediente depende de la cronología (papel activo e incentivador + Marco de Contribución), del uso de la ficha correcta (y de su versión), de pruebas impecables y de un calendario controlado hasta la valorización.

Para convertir estas normas en resultados concretos, tenga presente este kit:

  • Calibre sus ofertas: cumac a tanto alzado de las fichas × señal de precio CEE = contribución robusta.
  • Asegure el RAI: Marco de Contribución antes de cualquier compromiso, trazado y archivado.
  • Elija con acierto: ficha/zona H1-H2-H3 y versión aplicables a las fechas reales.
  • Blinde los documentos: certificación (parte A), facturas detalladas, fotos, números de serie, RGE si es requerido.
  • Anticipe los hitos: depósito dentro del plazo máximo (umbral legal 6 meses), fin de P5 el 31/12/2025 y conciliación.
  • Controle las medidas antifraude: control de calidad interno, coherencia de los datos, trazabilidad completa.
  • Optimice Emmy: distinga «clásico/precariedad», encuadre ventas y anulaciones.

Para pasar a la acción con modelos, listas de comprobación y análisis de mercado dedicados a intermediarios, consulte nuestros contenidos en EnergyProMag.

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